5.2.1 Terminología
Dada la confusión que crean los distintos usos, el Codex
Alimentarius, AOAC International y la UIQPA recomiendan que se utilice la
expresión "material de ensayo" para describir los productos cuyo análisis acepta
efectuar un laboratorio; si, como suele suceder, en el análisis sólo se utiliza
una parte del material de ensayo, ésta se denominará "porción de ensayo". En
consonancia con estas recomendaciones, el término "muestra" se emplea para
designar la parte de un "lote" mayor (por ejemplo, una remesa, una partida, una
caja, un recipiente, una carga) que se envía al laboratorio para que éste la
analice. La persona que toma la "muestra" no suele formar parte del personal,
por lo que su actuación no entra en el ámbito de aplicación del programa de GC
del laboratorio. Cuando el laboratorio recibe la "muestra", ésta se convierte en
un "material de ensayo". El laboratorio es el responsable de su "trazabilidad",
es decir de asegurar, a partir de ese momento, que cualquier material de ensayo
(y los datos relativos al mismo) puedan distinguirse de todos los demás que
maneja el laboratorio. También se responsabiliza de su "integridad", es decir de
asegurar que su composición química no se altere antes de que se analice la
porción de ensayo. Normalmente el laboratorio no puede responsabilizarse de la
integridad y trazabilidad de la muestra antes de su llegada al
laboratorio.