
| Guía de Protección Ambiental Tomo III: Catálogo de Estándares Ambientales (GTZ/BMZ, 1996, 663 pages) |
| 3. Estándares para intervenciones ambientales |
La intervención en el relieve comprende aquellas medidas que, más allá de la capa de suelo, conducen a cambios morfológicos del horizonte C o del cuerpo litológico más profundo, así como el relleno o la acumulación de material que transforman claramente la topografía de un área (paisaje). Estos procesos están acompañados, en todos los casos, por movimiento de tierra, (siempre que no se trate de la disposición de residuos domiciliarios e industriales), es decir, se excava material de un lugar (superficial o subterráneo) y se lo traslada y deposita en otro, generalmente como acumulación de escombros o como material de relleno. No se considera aquí la parte correspondiente a materias primas utilizables que se destinan a un procesamiento posterior o a la utilización directa (por ejemplo, el fosfato crudo). La disposición de este tipo de material excavado no conduce necesariamente a cambios visibles del relieve. La práctica de echarlo al mar o depositarlo en cavernas, si bien también puede revestir gran relevancia ecológica, no será tratada aquí en detalle ya que se trata de casos excepcionales, específicos de ciertas regiones.
La intervención en el relieve puede conducir, según su tipo y magnitud, a perjuicios ecológicos considerables y generar los más diversos impactos. Así puede afectar, por ejemplo, la situación meso y microclimática, la oferta y calidad del agua, la calidad del suelo, la disponibilidad de tierras aptas para la actividad agropecuaria y forestal, así como las condiciones de vida de los biotopos. Las intervenciones de este tipo, si son de gran envergadura, resultan casi siempre irreversibles y producen efectos ecológicos de largo plazo. Las áreas afectadas no podrán ser recuperadas a través de medidas de recultivo, puesto que no es posible reconstruir el ecosistema natural preexistente; sólo se podrán crear de este modo "ecosistemas sustitutos".
Para evaluar el relieve, se recurre, desde el punto de vista ecológico, a los siguientes criterios mensurables:
- altura topográfica,
- pendiente,
- accidentes del relieve,
- grado de maduración,
- exposición.
En el caso de intervenciones subterráneas se recurre a la magnitud que también se utiliza en otras situaciones por motivos exclusivamente técnicos, y que es:
- el volumen de material excavado o movido.
Debido a que las intervenciones en el relieve no ejercen efecto ecológico directo sobre el ser humano (en tanto y en cuanto no estén involucrados depósitos de desechos ni lugares de disposición de residuos) y puesto que tampoco producen modificaciones de la calidad ambiental químicamente inducidas, no se han fijado estándares relacionados con esta situación, ya que estos generalmente se orientan hacia aspectos toxicológicos.
Con respecto a las actividades en los proyectos, deben mencionarse en especial las siguientes:
a) Transporte
- presas, pasos
- hidrovías (tránsito de embarcaciones)
- obras de ingeniería (puentes, túneles, etc.)
b) Minería/recuperación de materia prima
- beneficio a cielo abierto (en húmedo, en seco),
- beneficio subterráneo,
- disposición del material excavado.
c) Construcciones hidráulicas
- construcción de sistemas de zanjas,
- rectificación/consolidación de márgenes y lecho,
- construcción de instalaciones portuarias,
- profundización de cuerpos de agua,
- medidas tendientes a la recuperación de tierras (endicados),
- construcción de canales,
- creación de embalses de almacenamiento.
La significación ecológica de la intervención depende de los siguientes factores:
- la magnitud de la intervención,
- el tipo y composición de las rocas denudadas,
- el tamaño del área intervenida,
- las posibilidades de recultivo (considerando todas las condiciones ecológicas naturales),
- la escasez de áreas que cumplan funciones ecológicas semejantes.
Los impactos de la medidas abarcan:
- división del espacio vital o biotopo de la flora y fauna,
- destrucción de la capacidad filtrante del manto superior, lo que significa una amenaza para el agua subterránea,
- cambios climáticos,
- reducción del espacio vital del ser humano y de sus fuentes de subsistencia.
La deposición de material excavado en escombreras generalmente desemboca en una considerable modificación del relieve. Esto, a su vez, trae aparejadas consecuencias ecológicas, las que dependen de los siguientes factores:
- altura del depósito y área cubierta,
- grado de compactación del material depositado,
- índole y composición química del material,
- medidas de recultivo (cubierta verde, etc.),
- medidas para proteger de la erosión.
En la mayoría de los países, los trámites de autorización involucran condiciones para proteger el medio ambiente, que se basan en determinados criterios o normas. No se han establecido aún estándares que reglamenten en un sentido restringido las acciones que afectan al relieve (a menos que involucren directamente otras intervenciones).