Capitulo III: De los tipos de accidentes y el estado de alerta
Artículo 9. Durante el estado de alerta por emergencia tecnológica
las instituciones actuarán según protocolo general del anexo 1, hasta tanto no
se defina el tipo de accidente y el nivel de riesgo.
Artículo 10. Las acciones específicas de atención de la emergencia
serán definidas según el TIPO DE ACCIDENTE, para lo que se establece:
a- Accidente Tipo A:
Accidentes tecnológicos (que involucren equipos y/o materiales
peligrosos) originados en instalaciones fijas, accidentes o durante su
transporte y que impliquen riesgo químico. Las acciones de emergencia se
establecen en el anexo 2 según los niveles generales de emergencia del artículo
11.
b- Accidente Tipo B:
Accidentes tecnológicos ocurridos en instalaciones fijas o durante
el transporte de materiales y/o equipos peligrosos y que implique riesgo
biológico o radiactivo. Las acciones de emergencia se establecen en el anexo 2
según los niveles generales de emergencia del artículo 11.
Artículo 11. La intervención institucional y el desplazamiento de
recursos se hará con base en los NIVELES DEL ACCIDENTE, para lo que se
establece:
a- Riesgo Leve:
Los accidentes de nivel de riesgo leve son catalogados como
accidentes menores que pueden ser manejados con los recursos existentes en la
escena. No existirá necesidad de evacuación de personas, solo será necesario
delimitar el área de trabajo del personal.
El Cuerpo de Bomberos consultará al Centro nacional de Control de
Intoxicaciones o al Ministerio de Salud sobre la peligrosidad/toxicidad de la
sustancia.
En caso de desconocerse el tipo de sustancia, la situación debe
tratarse como un accidente con nivel de riesgo moderado.
b- Riesgo Moderado:
Son aquellos accidentes en los que el cuerpo de bomberos no puede
atender la emergencia solo, por lo que requerirá la colaboración de otras
instituciones.
Es considerado un accidente con riesgo moderado, aquel en el que
se requiera manipulación de sustancias cuyo nivel de toxicidad se desconoce,
mayor evacuación en el área de emergencia, el uso de equipo de protección
totalmente encapsulado y determinación de productos desconocidos, o bien
necesidad de utilizar métodos complejos para la descontaminación.
c- Riesgo Alto:
Son los accidentes que exceden la capacidad instalada de respuesta
en las instituciones involucradas, por lo que requerirán la implementación del
Plan Nacional de Emergencia.
Los accidentes con nivel de riesgo grave usualmente se enfrentan
de manera defensiva e implican evacuaciones masivas, niveles altos de
intervención y quizá la declaratoria de emergencia nacional y la intervención de
ayuda internacional.
Se hace indispensable la participación de expertos en diversas
disciplinas y de los fabricantes de las sustancias independientemente de que
ellos sean o no los responsables del accidente.
d- Para los accidentes del tipo B solo se consideran al riesgo
moderado o
alto.